
TERCERA PARTE
CUENTAS ANUALES
Normas de elaboración de las cuentas anuales
5.ª Balance
El balance, que comprende, con la debida
separación, el activo, el pasivo y el patrimonio neto de la empresa, se
formulará teniendo en cuenta que:
1.
La
clasificación entre partidas corrientes y no corrientes se realizará de acuerdo
con los siguientes criterios:
a)
El activo corriente comprenderá:
─
Los activos vinculados al ciclo normal de
explotación que la empresa espera vender, consumir o realizar en el transcurso
del mismo. Con carácter general, el ciclo normal de explotación no excederá de
un año.
A estos efectos se entiende por ciclo normal de explotación, el
periodo de tiempo que transcurre entre la adquisición de los activos que se
incorporan al proceso productivo y la realización de los productos en forma de
efectivo equivalentes al efectivo. Cuando el ciclo normal de explotación no
resulte claramente identificable, se asumirá que es de un año.
─
Aquellos activos, diferentes de los citados en
el inciso anterior, cuyo vencimiento, enajenación o realización se espera que
se produzca en el corto plazo, es decir, en el plazo máximo de un año, contado
a partir de la fecha de cierre del ejercicio. En consecuencia, los activos
financieros no corrientes se reclasificarán en corrientes en la parte que corresponda.
─
Los activos financieros clasificados como
mantenidos para negociar, excepto los derivados financieros cuyo plazo de liquidación
sea superior a un año.
─
El efectivo y otros activos líquidos
equivalentes, cuya utilización no esté restringida, para ser intercambiados o
usados para cancelar un pasivo al menos dentro del año siguiente a la fecha de
cierre del ejercicio.
Los demás elementos del activo se clasificarán como no
corrientes.
b)
El pasivo corriente comprenderá:
─
Las obligaciones vinculadas al ciclo normal de
explotación señalado en la letra anterior que la empresa espera liquidar en el
transcurso del mismo.
─
Las obligaciones cuyo vencimiento o extinción
se espera que se produzca en el corto plazo, es decir, en el plazo máximo de un
año, contado a partir de la fecha de cierre del ejercicio; en particular,
aquellas obligaciones para las cuales la empresa no disponga de un derecho
incondicional a diferir su pago en dicho plazo. En consecuencia, los pasivos no
corrientes se reclasificarán en corrientes en la parte que corresponda.
─
Los pasivos financieros clasificados como
mantenidos para negociar, excepto los derivados financieros cuyo plazo de liquidación
sea superior a un año.
Los demás elementos del pasivo se clasificarán como no
corrientes.
2.
Un
activo financiero y un pasivo financiero se podrán presentar en el balance por
su importe neto siempre que se den simultáneamente las siguientes condiciones:
a)
Que la empresa tenga en ese momento, el derecho exigible de
compensar los importes reconocidos, y
b)
Que la empresa tenga la intención de liquidar las cantidades por
el neto o de realizar el activo y cancelar el pasivo simultáneamente.
Las mismas condiciones deberán concurrir para que la empresa
pueda presentar por su importe neto los activos por impuestos y los pasivos por
impuestos.
Sin perjuicio de lo anterior, si se produjese una transferencia
de un activo financiero que no cumpla las condiciones para su baja del balance
según lo dispuesto en el apartado 4 de la norma de registro y valoración
relativa a activos financieros, el pasivo financiero asociado que se reconozca
no podrá compensarse con el activo financiero relacionado.
3.
Las
correcciones valorativas por deterioro y las amortizaciones acumuladas,
minorarán la partida del activo en la que figure el correspondiente elemento
patrimonial.
4.
Los
terrenos o construcciones que la empresa destine a la obtención de ingresos por
arrendamiento o posea con la finalidad de obtener plusvalías a través de su
enajenación, fuera del curso ordinario de sus operaciones, se incluirán en el
epígrafe A.III. «Inversiones inmobiliarias» del activo.
5.
Si la
empresa tuviera créditos con clientes por ventas y prestaciones de servicios
con vencimiento superior a un año, esta partida del epígrafe B.II del activo
del balance, se desglosará para recoger separadamente los clientes a largo
plazo y a corto plazo. Si el plazo de vencimiento fuera superior al ciclo
normal de explotación, creará el epígrafe A.VII en el activo no corriente, con
la denominación «Deudores comerciales no corrientes».
6.
El
capital social y, en su caso, la prima de emisión o asunción de acciones o
participaciones con naturaleza de patrimonio neto figurarán en los epígrafes
A-1.I. «Capital» y A-1.II. «Prima de emisión», siempre que se hubiera producido
la inscripción en el Registro Mercantil con anterioridad a la formulación de
las cuentas anuales. Si en la fecha de formulación de las cuentas anuales no se
hubiera producido la inscripción en el Registro Mercantil, figurarán en la
partida 3. «Otras deudas a corto plazo» del epígrafe C.II «Deudas a corto
plazo» del pasivo corriente.
7.
Los
accionistas (socios) por desembolsos no exigidos figurarán en la partida
A-1.I.2 «Capital no exigido» o minorarán el importe del epígrafe «Deuda con
características especiales», en función de cuál sea la calificación contable de
sus aportaciones.
8.
Cuando
la empresa adquiera valores de su propio capital, sin perjuicio de informar en
la memoria, se registrarán en el epígrafe A-1.IV. «Acciones y participaciones
en patrimonio propias» que se mostrará con signo negativo, dentro de la
agrupación «Patrimonio neto».
9.
Cuando
la empresa tenga ingresos fiscales a distribuir en varios ejercicios, o realice
una operación que por aplicación de los criterios contenidos en el Plan General
de Contabilidad, conlleve otros ingresos o gastos imputados directamente en el
patrimonio neto, creará una subagrupación específica «Ajustes en patrimonio
neto», dentro de la agrupación «Patrimonio neto».
10.
Las
subvenciones, donaciones y legados no reintegrables otorgados por terceros
distintos a los socios o propietarios, que estén pendientes de imputar a
resultados, formarán parte del patrimonio neto de la empresa, registrándose en
la subagrupación A-2. «Subvenciones, donaciones y legados recibidos». Por su
parte, las subvenciones, donaciones y legados no reintegrables otorgados por
socios o propietarios formarán parte del patrimonio neto, dentro de los fondos
propios, registrándose en el epígrafe A-1.VI. «Otras aportaciones de socios».
11.
Si la
empresa tuviera deudas con proveedores con vencimiento superior a un año, esta
partida del epígrafe C.IV del pasivo, se desglosará para recoger separadamente
los proveedores a largo plazo y a corto plazo. Si el plazo de vencimiento fuera
superior al ciclo normal de explotación, creará el epígrafe B.VI en el pasivo
no corriente, con la denominación «Acreedores comerciales no corrientes».
12.
Cuando
la empresa haya emitido instrumentos financieros que deban reconocerse como pasivos
financieros pero que por sus características especiales pueden producir efectos
específicos en otras normativas, incorporará un epígrafe específico tanto en el
pasivo no corriente como en el corriente, denominado «Deuda con características
especiales a largo plazo» y «Deuda con características especiales a corto
plazo». En la memoria se detallarán las características de estas emisiones.